Julio David Menchú Cruz
Este artículo, busca presentar los mecanismos que el Estado de Guatemala utilizó durante los 6 años que llevó el proceso de la Gran Guerra o Primera Guerra Mundial, hecho histórico que si bien es cierto tuvo escenario en Europa, por los intereses imperialistas abarcó todo el mundo. La problematización radica en las medidas que el Estado de Guatemala comienza a utilizar para evitar tener “problemas” frente a las potencias enfrentadas, ya que mantenía “buenas” relaciones diplomáticas y comerciales con Alemania y más tímidamente con el imperio Austrohúngaro, esto en contraposición de lo esperado para la región americana por Estados Unidos.
Los puntos medulares de la investigación radican en analizar e interpretar el conjunto de leyes y decretos y medidas utilizadas para paliar la crisis económica que el país atravesó debido a la recesión económica mundial, al desplome de los precios del café y las formas que el Estado utilizó para atraer la inversión extranjera, especialmente la estadounidense en el periodo citado, así como el Estado busco beneficiarse con estas medidas y mantener la dictadura de Estrada Cabrera al frente del país.
Palabras clave: Historia política, imperialismo, Primera Guerra Mundial, Guatemala, Manuel Estrada Cabrera, terremotos, gripe española.
Decreto número 744
MANUEL ESTRADA CABRERA,
El Presidente Constitucional de la República de Guatemala
CONSIDERANDO:
Que Guatemala, después de los desastres sísmicos ocurridos desde el 25 de dicembre de 1917, ha entrado, aunque paulatinamente, en un período de relativa calma y que sus habitantes se dedican ya a sus labores cuotidianas con el ardor y el empeño que las circunstancias permiten; Que es un deber de cultura y un exponente de elevación de sentimientos sociales, rendir gracias a la Providencia por haber salvado a los habitantes la vida, en medio del rigor de los terremotos, y que ningún día es más adecuado que aquel en que se cumple un año de haberse iniciado los hechos aludidos,
POR TANTO;
En Consejo de Ministros, y en uso de las facultades de que me hallo investido,
DECRETO:
Artículo 1o.—Señálese el 25 de diciembre de cada año como "DIA DE GRACIAS” para los fines ya expresados y por la tranquilidad del país; en tal virtud los diversos organismos del Estado dictarán las disposiciones convenientes al efecto.
Artículo 2o.—De este Decreto se dará cuenta a la Asamblea Nacional Legislativa en sus próximas sesiones.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en Guatemala, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos diez y ocho.
Comuníquese y publíquese.
El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. Encargado del de Relaciones Exteriores
G. Aguirre.
El Secretario de Estado en el Despacho de Fomento,
L. F. Mendizábal.
El Secretario de Estado en el Despacho de Instrucción Pública, Encargado del de Gobernación y Justicia,
J. Ed. Girón.
El Subsecretario de la Guerra,
J. M. Letona R.